EL DERECHO AL VOTO
Por Melvin Matthews.
El derecho al voto es considerado la participación cívica más prestigiosa entre los derechos políticos garantizados por nuestra Carta Magna, pero al mismo tiempo ha sido el ejercicio ciudadano que ha suscitado las mayores luchas y esfuerzos para su establecimiento permanente en la democracia dominicana.
Votar, reconocido como un derecho de primera generación, es una manifestación práctica de la libertad de expresión, ya que su praxis conduce al derecho a elegir y ser elegido, a participar en el gobierno del Estado y en consultas populares, a desempeñar funciones públicas, preservar los derechos humanos y otros principios fundamentales.
Históricamente, al pueblo dominicano le ha costado sangre, sudor y lágrimas el ejercicio de este sagrado derecho: La primera vez que se votó, en diciembre de 1962, tras la caída de la dictadura trujillista, el gobierno democrático de Juan Bosch, surgido de las urnas, fue derrocado militarmente apenas siete meses después de su juramentación.
Esa asonada golpista tuvo graves consecuencias, incluyendo un contragolpe constitucionalista que desencadenó la contienda bélica de 1965, la segunda intervención militar de Estados Unidos, un gobierno provisional y la imposición del gobierno de Balaguer de 1966 por el gobierno de Lyndon Johnson y las botas extranjeras en suelo patrio. Además, 22 años de Balaguer con elecciones fraudulentas, ausencia de libertades públicas, intimidaciones, persecuciones, participación de las fuerzas de seguridad en elecciones; en fin, una infinidad de diabluras despóticas.
El fraude contra Peña Gómez en 1994 desbordó los límites del poder balaguerista, y para resolver la crisis institucional que desató, requirió reformas legales como la introducción de la doble vuelta electoral, el umbral del 50 más uno para ganar en primera votación y otras modificaciones que sería prolijo mencionar.
Desde entonces, los procesos electorales sucesivos han transcurrido con incidentes relativamente menores a los ocurridos en 1994, matizados ahora por quejas y acciones de los partidos de la oposición y determinadas decisiones erráticas y controversiales de los correspondientes órganos electorales.
Dentro de 5 días acudiremos a las urnas, esta vez en un ambiente políticamente distendido, desprovisto de amenazas y agitaciones mayúsculas, movilizados porque el derecho al voto está consagrado en la Constitución, artículos 208 y 209, que establecen la ciudadanía como requisito sine qua non para votar y garantiza el derecho de hombres y mujeres mayores de edad.
Finalmente, reconocer que la JCE ha hecho un encomiable trabajo organizativo y, por tanto, esperamos saber quién ganó la presidencia de la República el domingo 19, a las 10 de la noche.