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Fallo en Instrucción, victoria del Ministerio Público, por Melvin Matthews, Editor LA PRENSA DE HOY

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FALLO EN INSTRUCCIÓN, VICTORIA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Por Melvin Matthews.
Constituye una victoria aplastante para el Ministerio Público haber logrado que la magistrada Altagracia Ramírez de la Cruz, Cuarto Juzgado de Instrucción, enviara a juicio de fondo a 35 de los 40 inculpados del caso de corrupción Calamar, aunque los cinco restantes fueran beneficiados con un Auto de No Ha Lugar, el cual debe ser admitido o rechazado en la Corte de Apelación. La decisión representa un triunfo para los fiscales, tanto en términos jurídicos como morales, cuantitativos y ética profesional.
De la sentencia evacuada tras la prolongada deliberación de la magistrada Ramírez de la Cruz, se ha destacado el auto exculpatorio como una conquista política para Gonzalo Castillo, el ex ministro de obras en la última gestión de Danilo Medina y candidato presidencial del PLD 2020, quien, junto a José Ramón Peralta Fernández y otras tres imputados, se formuló la conclusión jurídica de que el fardo probatorio presentado por el Ministerio Público, era insuficiente para justificar la apertura a juicio de fondo.
Sin embargo, se especula que el Auto de No Ha Lugar fue resultado del entendimiento sottovoce –en secreto-, entre el gobierno y el expresidente Medina con fines estrictamente políticos y electorales. No hay evidencia para tal alegación, pese a la alegría que embarga al círculo del señor Castillo y a las huestes del PLD. Opino que el presidente Luis Abinader ha permanecido distante de las cuestiones judiciales, respetando la independencia del MP y de los jueces, a pesar de las presiones de sectores poderosos para que desista de esa forma de gobernar.
Contrario a quienes destacan únicamente el No Ha Lugar favorable al ocho por ciento de los imputados, conviene colocar en sitial preponderante el hecho de que el 92 por ciento de los incriminados por el Ministerio Público fue enviado a juicio, empezando por el ex ministro de Hacienda, Donald Guerrero, así como al abogado, político y escritor Ángel Lockward, al considerar la jueza que existen elementos probatorios suficientes para que un tribunal de fondo determine si son culpables o inocentes de los hechos imputados.
Respecto al principal imputado del caso Calamar, la magistrada textualmente afirmó: “Sobre el imputado Ángel Donald Guerrero Ortiz, entiende esta juzgadora luego de haber analizado el relato fáctico, las pretensiones probatorias y la calificación jurídica atribuida a su cargo, de la manera en que ya indicamos en el apartado de las solicitudes de exclusión probatorias, contrario lo indicado por sus defensas, observamos que si puede dar lugar a que se configuren los tipos penales endilgados, en consecuencia se admite la calificación jurídica otorgada por el órgano acusador para ser debatida en la etapa de juicio”.
Esta apreciación es clave para el futuro juicio de fondo ante el tribunal colegiado de apelaciones, porque nuestro sistema de justicia vigente es el penal acusatorio, oral y adversarial, implementado en sustitución del antiguo modelo inquisitivo. El acusatorio está basado fundamentalmente en el cúmulo de pruebas presentadas por el MP y admitidas por el juez de instrucción. Se sustenta en el Código Procesal penal (Ley 76-02), transformado profundamente mediante la Ley 97-25 para garantizar el debido proceso y la igualdad entre las partes.
El Ministerio Público obtuvo ganancia de causa en este juicio preliminar

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