Más allá del debate del Código Penal: Proteger la honra sin encadenar la palabra
Por: Ing. Daniel Bodden T.
El hermano periodista y jurista Melvin Matthews ha puesto el dedo en una llaga que supura con
fuerza en la sociedad dominicana: la proliferación de una preocupante industria del chantaje
digital y la difamación profesional. En su reciente artículo «Campaña inútil contra el nuevo
Código Penal», Matthews defiende con justeza la necesidad de adecuar nuestro desfasado
marco penal de 1854 a una era donde un teléfono inteligente, un montaje digital o una
transmisión en vivo pueden triturar la dignidad y el honor de cualquier ciudadano en cuestión
de minutos. El diagnóstico es irreprochable; sin embargo, la receta legislativa propuesta merece
una profunda ponderación antes de la entrada en vigencia de la Ley 74-25.
La Comisión de Diputados que hoy tiene la histórica responsabilidad de revisar el Código Penal
no debe caer en el falso dilema de elegir entre la impunidad de los extorsionadores o la mordaza
de los ciudadanos. Existe una tercera vía, alineada con los estándares constitucionales y los
tratados internacionales de derechos humanos, que permite salvar el espíritu de la reforma sin
poner en riesgo la salud democrática de la nación.
El error de fondo del texto actual no radica en el noble fin de proteger la dignidad humana —
consagrada como sagrada e inviolable en el artículo 38 de nuestra Constitución—, sino en la
herramienta punitiva elegida. Mantener penas de entre dos y cinco años de prisión menor para
la difamación y la injuria tradicionales introduce un peligroso «efecto inhibitorio» en el debate
público. La historia demuestra que la prisión por delitos de opinión rara vez termina encerrando
al delincuente profesional o al chantajista de las redes; por el contrario, suele convertirse en un
escudo legal utilizado por el poder político o económico para amedrentar a periodistas de
investigación y a ciudadanos críticos que denuncian la corrupción.
Para desmontar la legítima preocupación de los gremios de prensa y de la comunidad
internacional, los legisladores deben aplicar una cirugía jurídica de precisión que separe el
ejercicio legítimo de la libre expresión del delito común:
En primer lugar, es urgente despenalizar la difamación y la injuria tradicionales, trasladando
estos conflictos exclusivamente al ámbito del derecho civil. Quien mienta o injurie debe pagar,
pero con su patrimonio, no con su libertad. El establecimiento de indemnizaciones económicas
severas y proporcionales, junto a la obligación de rectificación pública, es un castigo mucho más
eficiente en el derecho moderno que la privación de libertad.
En segundo lugar, se debe mantener la severidad penal y la cárcel exclusivamente para la
«difamación extorsiva» y el chantaje digital. Cuando la mentira o el montaje tecnológico se
utilizan como herramientas de coacción para exigir beneficios económicos, contratos o
prebendas, ya no estamos ante un debate de libertad de expresión; estamos ante un delito
común de extorsión. El artículo 209 del nuevo código, que sanciona esta conducta con penas de
hasta 10 años de prisión si se comete en banda, es un acierto luminoso que debe preservarse
intacto para desmantelar las mafias del chantaje.
Finalmente, la comisión debe revisar las figuras difusas como el «ultraje» a las autoridades. En
una democracia madura, los funcionarios públicos, por el hecho de administrar fondos del
pueblo, están sujetos a un umbral de tolerancia y escrutinio mucho mayor que el ciudadano
privado. Protegerlos en exceso con el código penal debilita la fiscalización ciudadana.
Regular el caos ético de las plataformas digitales no tiene por qué costar la asfixia de nuestras
libertades públicas. Los diputados tienen en sus manos la oportunidad dorada de entregar al
país un Código Penal moderno, robusto y justo: uno que meta a la cárcel al extorsionador, pero
que garantice que ningún dominicano vuelva a temer la prisión por el simple hecho de alzar su

