Por Melvin Matthews.
No debe sorprender la decisión del presidente Luis Abinader de auditar la gestión pasada del expresidente Danilo Medina. La nueva administración debe enterarse a profundidad de la situación económica y financiera que recibe de las autoridades precedentes. No hacerlo, fortalecería la vieja práctica de evadir ese procedimiento que ha servido para apuntalar complicidades y corruptelas. Además, Abinader estaba compelido a ordenar tales auditorias, debido a su reiterada proclamación de combatir la corrupción y perseguir la impunidad.
Me parece que es una medida saludable, conveniente al interés general y beneficiosa inclusive para quienes han dejado el poder sin cometer tropelías, y creo esperanzadora la promesa del contralor general, Luis Delgado Sánchez, quien afirmó que “tras auditar, la población será debidamente informada de los resultados, pues los funcionarios públicos manejan recursos del Estado, pero no de su propiedad”.
Agregó que las auditorias no deben verse como una persecución contra nadie, “simplemente es una norma establecida en el artículo 28 de la ley 10-07, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno”.
A la luz de tal aseveración, sostengo que las auditorias realizadas conforme a las normas universalmente aceptadas arrojan al auditado resultado que pueden ser positivos o negativos. Ojalá que de ellas no salga ni un incriminados, pero cuando se trata de objetivos morales y políticos, esta aspiración dista bastante de la realidad.
En una opinión anterior, escribí que, al combatir la corrupción y perseguir la impunidad, “Abinader acometerá una descomunal tarea pendiente de solución para toda la nación, una estrategia frente a la cual han fracasado todos los Jefes de Estado que dirigieron la República Dominicana desde 1966 hasta la fecha”. Considero que ha empezado con buen pie a cumplir esa misión.
En cuanto a las medidas éticas anunciadas, contaré la siguiente anécdota.
Fue en el año 1994 durante una visita al Capitolio, el majestuoso palacio del Congreso de Estados Unidos, en Washington, DC., que me enteré, junto al amigo y socio ya fallecido, doctor Juan Bosco Guerrero – el esposo de Carmen Heredia, la actual ministra de Cultura-, de que en la administración pública estadounidense, y en muchos países desarrollados, funciona un código de ética cuasi inviolable, el cual rige la conducta de los servidores públicos y sanciona a los funcionarios y empleados que aceptan sobornos, regalos, dádivas y prebendas.
La especificidad de la norma es tan categórica, que únicamente habilita el onomástico del servidor público, como fecha permisible para la aceptación de determinados regalos, pero sujetos a un protocolo que garantiza la transparencia: no deben enviarse a la casa, sino a la oficina en horario de trabajo, con los compañeros de labores como testigos; describe el tipo de regalo y el monto, pues no incluye golosinas ni obsequios lujosos, pero sí bolígrafos de 2 dólares hacia abajo, precios de 1994, y chucherías afines. Por supuesto, excluye bebidas y comidas pagadas por contratistas o personas relacionadas a la institución y viajes al extranjero financiados por terceros.
Acostumbrados Bosco y yo a ventilar en nuestros programas de radio y televisión los escándalos de corrupción que se sucedían en las administraciones de Joaquín Balaguer y en los gobiernos del PRD, inquirimos a los oficiales del Congreso norteamericano que fungían de attachés nuestros con preguntas del tipo, ¿cómo supervisaban el cumplimiento de esa disposición, tomando en cuenta el tamaño de la burocracia estatal? ¿Qué hacer cuando la corrupción opera fuera de las oficinas?
Respondieron: tenemos inspectores, controles internos y mecanismos de vigilancia, pero sobre todo confiamos en la cultura incorruptible del empleado publico de Estados Unidos y su ética de trabajo. Posteriormente, comprobé la vigencia de códigos similares en Japón, Taiwán e Israel, para solo citar algunas naciones importantes.
Aquí la pregunta: ¿Tiene el empleado público dominicano esa cultura incorruptible, alejada de dádivas, sobornos y prebendas?
Mientras tanto, transcurrieron 14 años hasta que finalmente el gobierno dominicano promulgó en el 2008 la Ley 41-08 de función publica y creó la Secretaría de Estado de Administración Pública, sustentándose en consideraciones como el fenómeno de la globalización, la internacionalización de los mercados y los avances tecnológicos, los cuales obligan a que el derecho de la función pública y el régimen de gestión de recursos humanos, que le sirve de soporte, se encuentren sometidos a un profundo proceso de revisión y modernización de su contenido, tanto jurídico como administrativo.
La parte de esta legislación, relativa a las disposiciones generales de la Ley de ética de la función publica sirvió de apoyo para que el presidente Luis Abinader anunciara medidas positivas para prevenir la corrupción, como la declaración jurada de la situación patrimonial y financiera, la cual deberá contener una nomina detallada de todos los bienes propios, de su cónyuge o de su conviviente, los que integran la sociedad conyugal o la sociedad de hecho, y los de sus hijos menores, dentro del territorio nacional y/o el extranjero.
El mandatario fijó un plazo hasta el 15 de septiembre para que los funcionarios, empezando por él mismo, entreguen la declaración jurada, caso contrario serán suspendidos de sus funciones, y si tres semanas después de esa fecha tampoco entregan la declaración, serán cancelados definitivamente. Creo que esa drasticidad por si sola es plausible.
El recibimiento de dádivas, favores y beneficios están proscritos en el articulo 21 del citado código de ética, pero la verdad ha de ser dicha: primer gobernante dominicano que reivindica el cumplimiento de la disposición que señala como “incompatible con la función pública solicitar o aceptar, para sí o para terceros, regalos, favores, dinero, dádivas, u otro beneficio que traigan como condición o constituyan algún tipo de influencia, por leve que sea, para producir distorsión en el correcto y ético desempeño de la función pública”.
La incompatibilidad incluye, regalos, favores, dinero, dádivas o beneficios realizados entre sujetos obligados a la observancia de esta ley, cualquiera sea la jerarquización de estos. Igualmente, es incompatible el recibir cualquiera de los beneficios nombrados por cumplir con el ejercicio de las tareas asignadas.
El problema que enfrentarán Abinader y Milagros Ortiz Bosch, la encargada de la Oficina de Ética Gubernamental, consiste en cómo perseguir la corrupción dentro del propio gobierno, o qué sigue después, cuando pase la luna de miel de los días iniciales; cómo darse cuenta que un funcionario ha cogido una dádiva, soborno o prebenda fuera de su horario habitual, a través de terceros. ¿Quién se encargará de vigilarlos?
No será tarea fácil, pero tampoco imposible.
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