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Ley 1-24: Dirección Nacional de Inteligencia: «Calamidad Legislativa», escribe Melvin Matthews HOY/OPINIÓN

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Melvin Mackenly Matthews

LEY 1-24 DEL DNI: CALAMIDAD LEGISLATIVA.

Por Melvin Matthews.

La Dirección Nacional de Investigaciones (DNI), que la Ley 1-24 pretende jerarquizar hacia un sistema de inteligencia, siempre ha sido una entidad tenebrosa, de manejo paramilitar, oculta al escrutinio público, dependiente del Ministerio de Defensa, pero responsable de todo cuanto concierne al complejo entramado de la seguridad nacional.

Fundada bajo la dictadura trujillista, adquirió notoriedad como órgano político persecutor durante los gobiernos autoritarios de Joaquín Balaguer (1966-1978, 1986-1996) y no sufrió transformaciones significativas en sus estructuras y misiones en el curso de los gobiernos civiles posteriores al balaguerismo. Generalmente, el director del DN es un general activo o retirado. En el DNI laboran toda clase de profesionales, incluyendo periodistas como analistas de información.

Los gestores de la Constitución del 2010 identificaron las desactualizaciones operativas y desajustes orgánicos del DNI con la nueva realidad política e institucional y los desafíos delictivos de la República Dominicana, y recomendaron la elaboración de una legislación que conformase el Sistema Nacional de Inteligencia acorde a las realidades del Siglo XXI.

Y esa fue la misión que emprendió el Congreso Nacional, el cuerpo legislativo encargado de preparar las leyes ordinarias u orgánicas que las exigencias socioeconómicas de la nación demandan para su convivencia civilizada.

Tomaron varias iniciativas dispersas y la refundieron en una sola, pero lo que salió del Senado y la Cámara de Diputados fue una verdadera “calamidad legislativa”, expresión del jurista Francisco Álvarez Martínez, al participar, junto a otros expertos, en el conversatorio sobre la Ley 1-24 del DNI, patrocinado por la Escuela de Derecho de la PUCMM.

“Calamidad legislativa”, porque en su articulado adolece de definiciones, ataca irrespetuosamente la intimidad y el secreto profesional, falla en los principios de razonabilidad y constitucionalidad, los cuales caracteriza las leyes, viola las dignidades del secreto bancario y del periodista, la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales con la autorización de un juez.

El revuelo provocado por la ley de inteligencia que el Poder Ejecutivo ha promulgado, muestra una actuación mediocre de nuestros legisladores, cuyas bancadas partidarias, después de aprobar la pieza “hasta sin leerla”, intercambian acusaciones que únicamente delatan un comportamiento colectivo irresponsable.

El movimiento cívico Participación Ciudadana, aliado al gobierno, afirma la inconstitucionalidad de la ley 1-24 debido a que establece la obligatoriedad de entregar información sin una orden judicial.

Estoy de acuerdo, y procede la presentación de un nuevo proyecto de ley sustituto, o esperar que el Tribunal Constitucional la declare contraria a nuestra Carta Magna.

 

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