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«Constitución y vida», escribe Julio César Castaños Guzmán, abogado, expresidente JCE

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Constitución y vida

  • Constitución y vida
Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD

Un espíritu de muerte campea por el mundo, cual vaporizo fétido del más rampante egoísmo que sofoca el amor y  se burla del sacrificio. Las puertas del infierno no prevalecerán, nos promete Jesús; pero, el humo pestilente que se cuela por la rendija de sus batientes ha estropeado la esperanza y calcina la ternura.

Y Eva: “la madre de todos los vivientes”, tiene miedo de parir, se resiste a criar; más Adán, confundido, se ha dejado enredar por el culto al placer que se opone al compromiso y la responsabilidad. Y su firmeza –necesaria—se ha tornado en flojera permisiva que desmorona su temple.

Es el aire de este siglo que favorece a Herodes; pero, aún más cruel que el propio tetrarca, persigue a los concebidos para destriparlos en el vientre de sus madres. Y las espadas imperiales, que alguna vez sirvieron para la guerra, se han transformado en tenazas y bisturí que desde los quirófanos modernos le sirven con alevosía a la propia muerte.

Procread y multiplicaos. Vida que releva la vida en la perpetuación de la especie. Es la esencia del mandato divino para someter la tierra. Sin embargo, una rebeldía que antepone las facilidades de una vida cómoda al cumplimiento del mandamiento no matarás, se encarga hoy de marchitar tantas flores; y, el árbol de la maternidad está sin frutos.

San Juan Pablo II, en sus desvelos y sufrimientos, condenó enérgicamente los aires de este mundo por sus desmanes contra los más indefensos de la sociedad humana, que son los no nacidos; y, sobre todo, denunció esta “cultura de la muerte”, que es a su vez un contravalor que se opone a los principios que han moldeado nuestra civilización Judeo-Cristiana.

Los cambios en la legislación casi siempre son  seguidos por cambios en la valoración social del acto, ya que,  si la ley reconoce el aborto como legítimo, amparándolo de diversas maneras, es inevitable que la sociedad termine percibiendo el aborto como un derecho. Y, lo que es todavía peor, que llegue finalmente a considerar que  los que se oponen a la legislación abortista le estén conculcando sus  “conquistas”. Estamos hablando, no nos engañemos, de un cambio en la cultura.

¿Estarían acaso limpias las manos homicidas de una sociedad que apruebe una legislación  autorizando la desaparición de miles de inocentes? ¿Podría el criterio de que la mujer es dueña de su propio cuerpo atentar contra una criatura que ni siquiera ha tenido el derecho a defenderse?

Si hasta a los más peligrosos delincuentes se les reconoce y ampara  el derecho para que se defiendan a través de un juicio justo. Entonces,  cómo podría condenarse de antemano –sin juicio—al  que de suyo no tiene culpa;  cómo podría conculcársele, el Derecho de Nacer, al que de por sí todavía está limpio.

¿Cómo podría sentenciarse al que no ha podido argüir porque todavía está sin voz, pero que en ciernes lo ampara el aforismo del  Derecho Romano cuando Justiniano nos recuerda lapidariamente: “Infant conceptus pro iam nato habetur.”?

El niño simplemente concebido se considera nacido en todo aquello que lo beneficia, … y nos preguntamos nosotros, ¿para un no nacido habría un beneficio mayor que no sea el hecho mismo de  nacer?

Si puede, aún sin nacer, recibir un bien, entonces tiene patrimonio; y el patrimonio, en tanto continente ideal, es: “un atributo de la personalidad”, de donde él o ella,  ¡ya es persona¡ Está sexuado, tiene el domicilio de sus padres, y,  estado civil tiene,  porque todavía no se ha casado. Y tiene además, el derecho humano de que se declare su nacimiento determinándose de forma incontrovertida su nombre y nacionalidad.

Después de la expulsión de nuestros primeros padres del paraíso, el fratricidio o cainismo aparece con todas sus consecuencias.  Pero ahora enfrentamos una situación diferente. Desde muchas direcciones brota la demanda por hacer legalmente aceptables, incluso protegidas, las formas más variadas de homicidio. La interrupción del embarazo, la experimentación embrionaria, el suicidio asistido y la eutanasia, demandan sus “derechos”. Los países siguen el tortuoso camino de alterar la ley, más aún de vaciarla de su sentido y contenido, desnaturalizando su núcleo esencial, para hacer que la legislación termine amparando el homicidio; o, más bien el asesinato, ya que, no habría nada más premeditado y alevoso que un aborto.

Los hechos justificativos que hacen desaparecer el castigo para los homicidas, siempre han estado claros en la doctrina jurídica universal: a) la legítima defensa, b) los estados de necesidad, c) la orden o el mandato de la autoridad legítima… y nos preguntamos nosotros, ¿de cuál necesidad real, de qué defensa razonable o mandato de autoridad estaríamos hablando para justificar, en este caso, lo injustificable?

Juan Pablo II ha dicho: “…una de las características propias de los atentados actuales contra la vida humana consiste en exigir su legitimación como si fueran derechos…y por consiguiente la tendencia a pretender su realización con la asistencia segura y gratuita de médicos y agentes sanitarios”.

Basta con que los estudiosos de la jurisprudencia, examinen en los anales de la historia judicial dominicana, si algún operador del sistema de salud ha sido  definitivamente condenado por los tribunales a  una pena aflictiva e infamante por aplicación de las penalizaciones que establece actualmente el código penal, para que se convenzan de que es falso el supuesto peligro para los galenos que legalmente ejercen medicina.

Con gran realismo, Benedicto XVI nos advierte que: “podemos observar una movilización de fuerzas en defensa de la vida humana en los diversos movimientos «pro vida», una movilización estimulante y que permite abrigar esperanzas, tenemos no obstante que reconocer francamente que hasta ahora el movimiento contrario luce más fuerte: la extensión de legislaciones y de prácticas que destruyen voluntariamente la vida humana, sobre todo la vida de los más débiles, los niños que todavía no han nacido”.

Pero, el talón de Aquiles en esta lucha “por la vida”, está a su decir,   en la postura de quienes afirman la necesaria separación entre las convicciones éticas personales y el ámbito político en el que se formulan las leyes: aquí el único valor que habría que respetar sería el de la total libertad de elección de cada uno, según las propias opiniones privadas.”

En nombre de la libertad de quien tiene poder y voz, se niega el derecho fundamental a la vida de quienes no tienen la posibilidad de hacerse oír…  allí la fuerza se ha convertido en criterio de derecho. El nonato se encuentra en plena indefensión y desamparo. No tiene quien lo defienda, sus propios padres o una situación estructural de injusticia lo han condenado a muerte.

Nuestra Constitución –que todavía no se equivoca—establece claramente  el Derecho a la Vida.

“Artículo 37.- Derecho a la Vida. El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. (…)”.

Y el Código Penal vigente en su Artículo 317 penaliza el aborto como un crimen.

¡Legisladores no se dejen confundir!, el pueblo que los eligió, la nación dominicana que depositó en ustedes su confianza, aguarda expectante, para que no se cuele, despenalizando el aborto, el hálito macabro que deshace la vida de los nonatos.

En estos momentos, la nación dominicana espera de los honorables senadores y diputados,  ante el desafío que plantean los trabajos puntuales de un nuevo Código Penal, la irrestricta Defensa de la Vida.

Jesús Niño, concebido de forma misteriosa y sin una razonable explicación humana, era el candidato perfecto, en su circunstancia, para terminar como un concebido y no nacido. Era humanamente más fácil interrumpir este embarazo que hacerle caso a la explicación recibida en sueños por José de que: “lo concebido en María era obra del Espíritu Santo”. Y que este Niño tendría la Misión –si lo dejaban nacer—de redimir a toda la humanidad… y de salvarte a ti, lector, de todas tus angustias.

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