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¿Reformará Abinader la Carta Magna para despenalizar el aborto y complacer al LGBTQ?

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Por Melvin Matthews.

El aborto inducido, o la interrupción voluntaria del embarazo, es una solución de política económica neomalthusiana, propuesta por el movimiento feminista internacional y los grupos LGBTQ, apoyados por la ONU, que, junto al uso de la píldora anticonceptiva y los procesos de esterilización, persiguen imponer controles a la natalidad degradando la integración familiar, la maternidad y el matrimonio.
Para nadie es un secreto que en las últimas décadas la nación dominicana ha sido bombardeada por una intensa y extensa cultura hedonista, cuyas manifestaciones concretas las encontramos en la aceptación social de las prácticas abortivas, el divorcio, el uso de alucinógenas y metanfetaminas, así como la propagación de conductas sexuales que, desde la fundación de la República, fueron consideradas aberrantes, como la homosexualidad y el lesbianismo.
Pero también es cierto que la República Dominicana forma parte de los seis países de Latinoamérica que prohíben y sancionan la interrupción del embarazo, junto a Honduras, Nicaragua, El Salvador, Surinam y Haití. También está penalizado en Congo, Egipto, Gabón, Guinea-Bissau, Madagascar, Mauritania, República Democrática del Congo y Senegal.
Punta de lanza de esa campaña destructiva de la familia tradicional es lograr la despenalización del aborto, apoyándose en las tres causales sometidas por el presidente Danilo Medina cuando, hace dos años, vetó el proyecto de penalización total del embarazo aprobado por el entonces congreso peledeista. Las tres causales son: malformación genética del feto, violación sexual y cuando la vida de la madre peligra. El veto presidencial ha sido rechazado por la Iglesia Católica y grupos cristianos, enfrentados a los sectores promovidos por un denominado liberalismo que en el proceso electoral se agazapó detrás de la candidatura del triunfador presidente Luis Abinader.
Frente al debate actual, la sensatez política induce a proponer que sea el pueblo soberano el que decida democráticamente en referéndum el destino del proyecto abortista. Se aprobaría ahora el Código Penal, y las tres causales serían dejadas como propuesta de ley aparte, la cual se sometería al escrutinio popular dentro de un año, luego que superemos la presente crisis sanitaria, sea rehabilitada la economía, aprobado el presupuesto del 2021 y escogida una nueva Junta Central Electoral (JCE).
El artículo 210 de la Constitución, que rige los referendos, ordena que las consultas populares mediante referendo estarán reguladas por una ley que determinará todo lo relativo a su celebración, con arreglo a las siguientes condiciones: 1) No podrán tratar sobre aprobación ni revocación de mandato de ninguna autoridad electa o designada, y 2) requerirán de previa aprobación congresual con el voto de las dos terceras partes de los presentes en cada cámara.
A la luz de tal predicamento, es evidente que el tema aborto nada tiene que ver con revocación de mandato, y la legislación que recomienda el articulo precedente puede lograrse con la voluntad mayoritaria de los legisladores para impulsar el referéndum.
Otro aspecto de la cuestión surge de la siguiente inquietud: ¿el presidente Luis Abinader y las bancadas del PRM controladoras de las cámaras legislativas, procederán a modificar la Constitución de la República para despenalizar el aborto inducido, con la finalidad de resarcirles a los grupos LGBTTQ, así como también a otros sectores de la sociedad civil, el apoyo electoral recibido para su acceso al poder?
Porque después del cambio de gobierno, se han incrementado las presiones sobre el nuevo Congreso y desde sus principales atalayas surgieron pronunciamientos anunciando tratativas para el estudio y ponderación de las tres causales sustentadas contra el proyecto original.
Sin embargo, el mayor desafío que encaran los auspiciadores de la despenalización radica en el articulo 37 de la Carta Sustantiva, el cual consagra que “el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”, y a continuación advierte: “No podrá establecerse, pronunciarse, ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”. Y es innegable que el aborto condena a muerte a una vida fetal.
Introducido en la Constitución del 2010, el texto citado representa el enrosque largo de la Iglesia Católica, así como de las denominaciones cristianas, que prácticamente las convierte en fortalezas inexpugnables ante cualquier atentado para despenalizar el aborto.
En una palabra: se necesitará la voluntad política del presidente Abinader, del partido oficial y sus legisladores para avanzar una operación legislativa de tal magnitud, que tensará las relaciones del gobierno con las iglesias católica y protestantes y otros sectores influyentes, en un momento que la nación reclama solidaridad para combatir el desastre sanitario del coronavirus, la crisis económica y la normalización de la actividad productiva, incluyendo la educación. La salida es el referéndum.

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